CAPÍTULO I DISPOSICIONES GENERALES
ARTÍCULO PRIMERO. DEFINICIONES. Los siguientes términos, tendrán en el presente reglamento los
significados que a continuación se indican para cada uno:
-AUTORIDADES: Toda aquella autoridad de Gobierno, Municipal, Ministerio de Salud, o de la FederaciónInternacional de Futbol Asociación (FIFA), Federación Costarricense de Futbol (FEDEFUTBOL), UniónNacional de Clubes de Primera División (UNAFUT) así como cualquier otra autoridad deportiva o decualquier otra naturaleza que tenga injerencia en los EVENTOS de que se trate, o cualquier otro enterelacionado con los anteriores que dicte, emita o aplique los reglamentos, leyes y demás ordenamientosaplicables para los EVENTOS.
-ENTRADA: El boleto físico o digital que se entrega al USUARIO para el ingreso al ESTADIO para unEVENTO determinado.
-INSTALACIONES DEL ESTADIO: Significa el ESTADIO, así como las áreas verdes y andadores que lorodean, los estacionamientos aledaños y las vialidades de acceso.
-ESTADIO: Significa el Estadio Ricardo Saprissa Aymá, ubicado en San José, San Juan de Tibás.-EVENTO: Es cualquier evento de naturaleza futbolística o artística que se lleve a cabo en el ESTADIO.-PALCOS: Cubículos ubicados en los sectores este y oeste, los cuáles presentan sillas numeradas.Existen dos tipos de palcos, abiertos (asientos de venta libre tanto para anualidades como para taquillaque no pueden ingresar alimentos ni bebidas) o cerrados (asientos vendidos en su totalidad a uno o variosusuarios que no salen a la venta de taquilla ni en eventos que no sean deportivos, pudiendo ingresaralimentos y bebidas), para la observación de los EVENTOS.
-CLUB MORADO: Área de uso exclusivo ubicado en la zona noroeste del estadio la cual cuenta conbarras y sillas numeradas de platea oeste, para la observación de los EVENTOS.
-PLATEA Y SOMBRA: Área con sillas numeradas en la zona este y oeste del estadio, para la observaciónde los EVENTOS.
-SOL: Área con espacios numerados en la zona norte y sur del estadio, para la observación de losEVENTOS.
-PERSONAL: Personal que labora en el ESTADIO, el cual será identificado por medio de los gafetes deidentificación.
-REGLAMENTO: Es el presente documento que contiene las normas a las que los USUARIOS aceptansometerse durante su estancia en las instalaciones del ESTADIO.
-SAPRISSA: Se refiere a las sociedades Deportivo Saprissa S.A.D., y/o Saprissa de Corazón RSA S.A.D.-BOLETO DE ACCESO: Documento físico o digital que se entrega a los TITULARES de localidades parael ingreso al ESTADIO.
-TITULAR: Persona física o jurídica que, en virtud de un derecho de uso temporal de localidades celebradocon SAPRISSA, posee el derecho de uso de una o varias localidades ya sean de palco, platea, sombra ode sol del ESTADIO durante algún EVENTO, en el entendido de que el TITULAR de será responsablesolidariamente por cualquier acto u omisión de los USUARIOS de este. Asimismo, EL TITULAR NOPODRÁ CEDER A TÍTULO ONEROSO, COMERCIALIZAR, TRASPASAR, NI SUBARRENDAR LOSDERECHOS CONTENIDOS POR EL DERECHO DE USO DE LOCALIDADES CELEBRADO CONSAPRISSA. De darse alguna acción como cualquiera de las indicadas anteriormente, el Titular perderá elderecho de uso de localidades y SAPRISSA desactivará los carnés de entrada de dichas localidades, sinresponsabilidad para SAPRISSA.
-USUARIO: Persona o personas que ingresen al ESTADIO para asistir a cualquier EVENTO en cualquiermomento y por cualquier razón, quienes por el solo hecho de ingresar al mismo, aceptan cumplir en todossus términos el presente Reglamento, sin excepción alguna, incluyendo al TITULAR de uso temporal delocalidades.
- PARTIDOS CLASE A: Partidos disputados en fase final (semifinales y finales), clásico nacional ypartidos organizados por CONCACAF.
- PARTIDOS CALSE B y C: Son todos aquellos partidos que no se denominen clase A.
ARTÍCULO SEGUNDO. OBJETO DEL USO DEL ESTADIO:
El uso del ESTADIO tiene por objeto el fomentar, promocionar y organizar la realización de eventosdeportivos, sociales y culturales, por lo que el presente reglamento tiene como objetivo:
I. Establecer las bases fundamentales para el buen uso y funcionamiento de las Instalaciones del Estadio.II.Hacer de conocimiento de los USUARIOS, sus derechos y obligaciones, para el uso y disfrute de lasinstalaciones del Estadio en un ambiente de respeto y buenas costumbres que propicie y fomente los
valores culturales, deportivos y familiares.
ARTÍCULO TERCERO. APLICABILIDAD.
Cualquier USUARIO, por el solo hecho de ingresar a las Instalaciones del ESTADIO, se obliga a cumpliren su totalidad el presente REGLAMENTO, las disposiciones legales aplicables vigentes o futuras, asícomo cualquier orden de las AUTORIDADES.
Los USUARIOS que sean menores de edad quedan sujetos, al igual que el resto de los USUARIOS, alcumplimiento del presente REGLAMENTO y tanto ellos como quienes ejerzan sobre ellos la patriapotestad, serán responsables en términos de lo dispuesto por la legislación correspondiente, por los actosy/u omisiones que dichos menores realicen en las instalaciones del Estadio.
ARTICULO CUARTO. RESPONSABILIDAD.
El USUARIO deberá ser responsable de proteger los objetos que portare. SAPRISSA hace su mejoresfuerzo en establecer medidas y contratar personal de seguridad así como promover el uso adecuadode las instalaciones sin embargo, SAPRISSA no será responsable de las pérdidas, daños o robos, asícomo faltantes de cualquier índole en los bienes de los USUARIOS, las cosas que tengan en ellos, los bienes con que ingresen a las Instalaciones del Estadio, ni los bienes que porten los USUARIOS ya quees responsabilidad del USUARIO no poner en riesgo sus pertenencias de valor.
ARTICULO QUINTO. INGRESO RESTRINGIDO.
No se permitirá el ingreso al ESTADIO de las siguientes personas, esto sin responsabilidad paraSAPRISSA:
ARTÍCULO SEXTO. ARTÍCULOS Y ACCIONES PROHIBIDAS.
Durante el ingreso al ESTADIO, los USUARIOS deberán pasar por los puestos de revisióncorrespondientes, en los cuales se revisarán las pertenencias con las que deseen ingresar al ESTADIO,sujetándose a los lineamientos del ESTADIO y de las autoridades gubernamentales y organizadorascorrespondientes.
6.1 Así las cosas, queda prohibido a los USUARIOS del ESTADIO realizar las siguientes acciones(en adelante denominadas acciones prohibidas):
causa, caritativas o ideológicas que puedan impedir a otros espectadores disfrutar del evento o
que distraigan del ambiente deportivo del Evento.
10.Subirse en estructuras o instalaciones no provistas para el uso público, como por ejemplofachadas, muros, vallas, barreras, postes de alumbrado, mallas plataformas para cámaras,árboles, postes de cualquier tipo y tejados.
11.Restringir el flujo de la circulación u obstruir el paso de peatones y automóviles, en entradas ysalidas de las zonas de visitantes o en las salidas de emergencias, obstaculizar o estorbar elpaso en zonas abiertas al tráfico y zonas de seguridad.
12.Acceder a zonas con acceso restringido, como por ejemplo salas de recepciones, oficinas,palcos, zonas no asignadas, áreas VIP o de medios, otros o cuyo acceso está desautorizado(salvo que se cuente con el pase de acceso adecuado).
13.Escribir, pintar o pegar cualquier cosa en elementos estructurales, instalaciones o caminos.14.Hacer sus necesidades fisiológicas en cualquier otro lugar que no corresponda a los serviciossanitarios, o tirar basura en el ESTADIO, como, por ejemplo, desperdicios, embalajes,
recipientes vacíos, otros.
15.Grabar (excepto para uso privado), transmitir o difundir de cualquier otra manera por Internet, o
por cualquier otro medio, incluyendo los aparatos móviles, ya sea total o parcialmente, cualquiersonido, imagen, descripción o resultado de lo que ocurra en el Estadio ya que puede ocasionarconflicto con los contratos de derechos de transmisión exclusiva de SAPRISSA.
16.Hacer aseveraciones falsas (mintiendo), que hagan cuestionar y/o dañen la imagen, el honor yla reputación de cualquier miembro del personal de la institución, de la institución misma, susconvenios comerciales y/o corporativos y su marca. A fin de que se ejecute la sanción indicadaen el artículo décimo séptimo más adelante, las aseveraciones falsar deberán ser reconocidasen sentencia por la autoridad judicial competente.
17.Llevar a cabo cualquier otra actividad que, según lo estimen las autoridades de la institución, deUNAFUT, FEDEFÚTBOL, las Leyes de la República y/o cualquier otro ente legalmenteautorizado, pueda comprometer masivamente la seguridad pública y/o dañar irreparablementeel Evento.
18.Permanecer en su localidad más de 20 minutos posteriores al finalizar el evento deportivo ocualquier otro tipo de evento.
19.Ingresar o consumir cualquier tipo de bebida con contenido alcohólico.
20. Ingresar o consumir cualquier tipo de bebida y/o alimento que no sean adquiridos en los puestosoficiales para venta de bebidas y alimentos del Estadio. Cualquier alimento y bebida deberánser adquiridos por medio de los servicios autorizados por SAPRISSA o por medio de los
operadores de alimentos autorizados por SAPRISSA.
21.Contratar para uso privado de PALCOS CERRADOS cualquier servicio de alimentación ybebidas tipo Servicio de Catering. En caso de que los usuarios de PALCO CERRADOrequirieran un Servicio de Catering este podrá ser adquirido únicamente mediante los serviciosbrindados por SAPRISSA para alimentos y bebidas o por medio de los operadores de alimentosy bebidas autorizados por SAPRISSA. Para la correcta realización de sus funciones, lasempresas autorizadas a brindar el servicio de Catering Service en el Estadio deben estar en lalista de ingreso al Estadio para alimentos y bebidas, dicho trámite debe ser realizado de maneraprevia por el TITULAR.
Para cualquier trámite y/o consulta de servicio de alimentación y bebidas deben comunicarse
con su ejecutivo de cuenta.
22.Cambiar las cerraduras de los PALCOS CERRADOS sin previa autorización de SAPRISSA.23.Hacer modificaciones o reparaciones a los PALCOS CERRADOS sin previa autorización de
SAPRISSA. Dicha solicitud debe realizarse al correo electrónico reparaciones@saprissa.com24.El Titular de un derecho de uso de localidades tiene prohibido ceder a título oneroso,comercializar, traspasar, ni subarrendar las localidades generadas por el derecho de uso
de localidades celebrado con SAPRISSA.
25.Irrespetar, lastimar, incitar a la violencia, dañar ya sea física o verbalmente a cualquiera de losfuncionarios que laboran en el estadio por el cumplimiento de su labor.
26.Queda prohibido ingresar alimentos y/o bebidas a los palcos denominados “palco abierto”.
6.2 Queda prohibido al USUARIO ingresar al ESTADIO con los siguientes objetos (en adelanteobjetos no permitidos):
10.Gas pimienta.
11.Mecheros, encendedores, cigarros, cigarros electrónicos, vaporizadores y/o fósforos.
12.Objetos voluminosos como escaleras, altillos, sillas plegables, cajas, bolsas grandes. Seentiende por “voluminoso” cualquier objeto cuyo tamaño supere los 25cmx25cmx25cm.
13.Papel picado y rollos de papel.
14.Artefactos operados mecánicamente que produzcan un nivel de ruido excesivo, como por ejemplo megáfonos, sirenas o cornetas a gas y/o vuvuzelas.
15.Cornetas de aire comprimido.
16.Cámaras profesionales, radio, audífonos inalámbricos.
17. Baterías.
18.Ordenadores (o computadoras) u otros dispositivos que puedan servir para la transmisión odifusión de sonido, imágenes, descripciones o resultados de los eventos por medio de internetu otros medios.
19.Otros objetos que puedan comprometer la seguridad pública y/o dañar la reputación del Eventosegún definan por su propio criterio las Autoridades de la Institución, de UNAFUT yFEDEFÚTBOL.
20.Paraguas, sombrillas, maletines de un tamaño mayor a 55x33 centímetros (tipo estudiantil) ycoches y/o sillas de niños.
21. Extintores.
22.Pulseras o anillos con picos.
23. Pasamontañas.
24. Monedas.
ARTÍCULO SETIMO. DEL INGRESO AL ESTADIO.
Los USUARIOS deberán ingresar al ESTADIO por los puntos de ingreso señalados como tales, en dondedeberán mostrar al PERSONAL la ENTRADA o BOLETO DE ACCESO correspondiente. A efectos de velarcon eficiencia por la seguridad interna y de evitar los ingresos indebidos o no pagados, las ENTRADAS yBOLETOS DE ACCESO no son reutilizables por lo que en caso de que un USUARIO ingrese al ESTADIOy salga de este no podrá reingresar y deberá adquirir una nueva ENTRADA para su reingreso. La presenteprohibición no admite excepción alguna
Las ENTRADAS y BOLETOS DE ACCESO dan permiso de ingreso al ESTADIO solamente a un USUARIOpor EVENTO.
No se permitirá el ingreso al ESTADIO quien no presente su ENTRADA o BOLETO DE ACCESO opresente algún documento falso, en cuyo caso se consignará al portador del documento falsificado a lasautoridades correspondientes.
ARTÍCULO OCTAVO. HORARIOS.
Los USUARIOS se obligan a respetar en todo momento los siguientes horarios de ingreso y salida delESTADIO sin excepción o excusa alguna de acuerdo con lo establecido a continuación:
ARTICULO NOVENO. INGRESO A ESTACIONAMIENTO PRIVADO.
El ingreso al estacionamiento privado se permitirá únicamente a USUARIOS que cuenten con carné deparqueo con sus obligaciones económicas al día y podrán ingresar hasta 2 horas antes del inicio de cadaEVENTO y para partidos Clase B y C, y hasta 3 horas antes para el caso de partidos Clase A.
.
ARTÍCULO DECIMO. USO DEL ESTADIO.
Los USUARIOS deberán usar las instalaciones del ESTADIO según la naturaleza de estas, evitandocausar daños tanto al inmueble como a las personas que se encuentren en el mismo, siendo responsablesde cualquier daño de cualquier índole, incluyendo, pero no limitando a daño físico, verbal, moral querealicen dentro del ESTADIO, a dicho inmueble, y/o a terceros en sus bienes o en sus personas.ARTÍCULO DECIMO PRIMERO. SOBRE LAS ENTRADAS Y BOLETOS DE ACCESO.
Todos los USUARIOS deberán conservar en todo momento durante su estancia en el ESTADIO la ENTRADA o BOLETO DE ACCESO según corresponda con los que ingresan al ESTADIO. Estos puedenser solicitados en cualquier momento por el PERSONAL para acreditar el derecho del USUARIO apermanecer en el EVENTO.
El PERSONAL podrá solicitar al USUARIO que no pueda acreditar su derecho a estar dentro delESTADIO, que se retire del mismo y en caso de no hacerlo así, se solicitará el auxilio del PERSONALencargado de la seguridad del ESTADIO para su desalojo.
ARTÍCULO DECIMO SEGUNDO. OBLIGACIONES.
Los USUARIOS están obligados, mientras permanezcan dentro del ESTADIO, a cumplir las siguientesobligaciones:
I. Acatar en todos sus términos el presente REGLAMENTO.
II. Respetar a los demás USUARIOS y PERSONAL de SAPRISSA.III.Obedecer en todo momento las indicaciones del PERSONAL de SAPRISSA.
IV. Evacuar el ESTADIO por las Salidas de Emergencia señaladas en el mismo en caso de emergenciao simulacro y cuando así sea solicitado por el PERSONAL o alguna autoridad competente, sin ofrecerobjeción alguna y sin correr, dirigiéndose a alguno de los lugares que el PERSONAL o las autoridadesles indiquen.
V. Será obligatorio para EL USUARIO y/o TITULAR permitir en cualquier momento y no obstaculizarel ingreso del PERSONAL de SAPRISSA a la localidad objeto del presente contrato para efectos derevisiones, recorridos de seguridad, etc.
ARTÍCULO DECIMO TERCERO. DEL INGRESO A LAS LOCALIDADES.
Solamente se permitirá el ingreso a dichas áreas a las personas que muestren las ENTRADAS OBOLETO DE ACCESO correspondientes en virtud de las cuales tengan derecho a hacer uso de estasdurante el EVENTO de que se trate.
En caso de que alguna persona se encuentre en alguna localidad, sin poder acreditar con la ENTRADAo BOLETO DE ACCESO correspondiente, el derecho a estar en dicha área deberá retirarse de manerainmediata del ESTADIO cuando así le sea solicitado por el PERSONAL, quien solicitará el apoyo delPERSONAL de seguridad en caso de negativa.
No se permitirá el ingreso al ESTADIO de empresas que presten servicios privados de alimentación tipoServicio de Catering. Los alimentos y bebidas podrán ser adquiridos únicamente mediante los serviciosbrindados por SAPRISSA o por medio de los operadores de alimentos y bebidas autorizados porSAPRISSA.
ARTÍCULO DECIMO CUARTO. MOBILIARIO.
El cuidado de cada localidad, así como del mobiliario que cada localidad tiene, es de la exclusivaresponsabilidad de su TITULAR, quien se hace responsable de los daños que los mismos sufran duranteel periodo de vigencia del contrato en virtud del cual se le otorgó el derecho temporal de uso de estas.
Queda absolutamente prohibido sustraer o llevarse de las diferentes localidades (Platea, Palcos, ClubMorado) las pertenencias de este tales como inodoros, tapas de inodoros, lavatorios, bombillos,televisores, perillas de puertas, etc.
ARTÍCULO DECIMO QUINTO. INGRESO A PALCOS PARA LIMPIEZA Y REPARACIONES.
A efectos de realizar reparaciones o limpieza de PALCOS CERRADOS, el ingreso será de lunes a viernesde 8:00 a.m. a 4:00 pm. Dicho ingreso deberá ser coordinado de manera previa con su asesor de ventasasignado. No se podrán realizar reparaciones o limpieza los días en que se realicen eventos en el Estadioo entrenamientos de los equipos de Saprissa.
ARTICULO DECIMO SEXTO. PROHIBICION DE CONSUMO DE BEBIDAS CON CONTENIDOALCOHOLICO.
De conformidad con la Ley 9047, Ley de Regulación y Comercialización de Bebidas con ContenidoAlcohólico y el Reglamento de la Municipalidad de Tibás la Ley 9047, no es permitido el consumo debebidas con contenido alcohólico antes, durante y después de los partidos de fútbol que se celebren enlas instalaciones del Estadio Ricardo Saprissa Aymá.
En los eventos culturales y conciertos queda prohibido el consumo de bebidas alcohólicas, a menos quese cuente con la patente municipal correspondiente para el expendio y consumo de bebidas alcohólicas;de contar con dicha patente municipal, únicamente se podrá comprar el licor en los puestos destinadospara dicho efecto previa acreditación.
En caso de que el USUARIO no cumpla con el requerimiento anterior, esto será considerado comoincumplimiento y dará derecho a Saprissa a aplicar las sanciones establecidas en el artículo décimoséptimo.
ARTÍCULO DECIMO SEPTIMO. DE LAS SANCIONES.
En caso de que el TITULAR y/o USUARIOS incumplan lo establecido en el presente reglamento, seestablecen las siguientes sanciones:
En Cualquiera de las situaciones indicadas en los anteriores incisos que además conlleve daños sobreLOS USUARIOS, PERSONAL o bienes en el ESTADIO, se prohibirá el ingreso durante un plazo que podrácomprender desde los TRES (3) meses hasta permanente a quien las ocasionare. Sin embargo, si se diera
UN (1) incumplimiento en el que el daño se produzca por el incumplimiento del Artículo Sexto, Punto 6.1.,en cualquiera de sus subpuntos: 3.; 5, 6, 7,8, 9, 24., cuando conlleve un incendio; 8.; 17.; 15.; 16.; 25, obien el incumplimiento conlleve una incapacidad de un mínimo de CINCO (5) días o daños a bienes y/ocontratos equivalentes o superiores a UN (1) salario base (según las disposiciones de “salario base” delPoder Judicial), SAPRISSA podrá dar por terminado sin responsabilidad el derecho de uso de localidadesy podrá suspender al USUARIO causante, el ingreso a sus instalaciones bajo cualquier otra modalidad porun plazo que podrá comprender desde los SEIS (6) meses hasta permanente.
Los incumplimientos indicados anteriormente son acumulativos durante el plazo de vigencia del contratode Uso de Localidades del Estadio Ricardo Saprissa Aymá.
La compra del derecho de uso de la localidad y el uso de las instalaciones del estadio hacen a El TITULARy/o USUARIOS responsables del buen cumplimiento de lo aquí dispuesto en aras del respeto y laconcordia.
ARTICULO DECIMO OCTAVO. DE LA ENTRADA EN VIGOR.
El presente REGLAMENTO entrará en vigor a partir de su publicación en las redes sociales oficiales deSAPRISSA y/o en la página web de SAPRISSA (saprissa.com).
ARTÍCULO DECIMO NOVENO. DE LAS MODIFICACIONES AL REGLAMENTO.
El presente REGLAMENTO podrá ser modificado en cualquier tiempo por SAPRISSA, entrando en vigordichas modificaciones de manera inmediata en que se publique el reglamento en la página web deSAPRISSA (www.saprissa.com), en las redes sociales oficiales de SAPRISSA o en las instalaciones delEstadio Ricardo Saprissa Ayma, salvo que, en la publicación de alguna modificación en particular, seespecifique que su entrada en vigor será en fecha determinada.
En caso de tener cualquier duda respecto al presente REGLAMENTO, favor de comunicarse al teléfono2240-0190 o enviar un correo electrónico a moradodecorazon@saprissa.com .
La actualización del presente REGLAMENTO se expide en San José, Tibás, Costa Rica el 8 de noviembrede 2022. La presente actualización deja sin vigor las versiones anteriores.