A. TITULAR, PATROCINADOR Y PARTICIPANTES:
- La mecánica, la publicidad y los derechos de autor que de la promoción se deriven son propiedad exclusiva de SAPRISSA DE CORAZÓN RSA S.A.D., en adelante “SAPRISSA”
- En adelante se entenderá por:
- “reglamento” o “el reglamento”: este documento
- “sorteo” o “rifa”: la actividad promocional aquí regulada.
- La promoción tiene como objetivo sortear entre todos los aficionados que ingresen al partido Deportivo Saprissa VS Santa Ana FC, el domingo 1 de diciembre de 2024 en el Estadio Ricardo Saprissa Ayma un vehículo que se describe en el punto E del presente reglamento.
- El sorteo está dirigido únicamente a las personas físicas nacionales o extranjeras mayores de edad que habiten en la República de Costa Rica al momento de la promoción, que cuenten con un documento de identificación válido y al día, reconocido por el Gobierno de la República de Costa Rica que ingresen al Estadio Ricardo Saprissa Ayma el 1 de diciembre de 2024 al partido Deportivo Saprissa vs Santa Ana FC con un boleto de entrada físico o digital válido o con su carné de usuario de localidades y que además cumplan con los requisitos establecidos en el presente reglamento.
B. DEFINICIONES:
Para los efectos de este Reglamento se establecen las siguientes definiciones:
- Saprissa de Corazón o RSA SAD O SAPRISSA: dueño de la promoción “EL FINDE DE LOS SAPRISSA”.
- Reglamento: documento que regula la actividad dirigida por SAPRISSA denominada promoción “EL FINDE DE LOS SAPRISSA”.
- Promoción: Actividad promocional aquí regulada.
- Aficionado: Persona Física que ingrese con una entrada o carné de usuario de localidades.
- Favorecido(a): Aficionado escogido como posible ganador.
- Ganador(a): Aficionado que resulte favorecido en la promoción “EL FINDE DE LOS SAPRISSA”, una vez verificado por parte de SAPRISSA que cumple con lo dispuesto en el presente reglamento.
- Suplente: Aficionado que puede ocupar el puesto del ganador en los supuestos establecidos en el presente reglamento. Podrá ser tomado en cuenta si por alguna razón uno de los favorecidos no acepta el premio. Además, deberá cumplir con los requisitos y condiciones estipulados en el presente reglamento y firmar el documento de aceptación de premio, exoneración de responsabilidad, uso de imagen y cualquier otro adicional que sea necesario según criterio de SAPRISSA.
- Premio: Beneficio ofrecido por SAPRISSA y que el aficionado ganador obtiene cumpliendo con los requisitos, condiciones y firma de documentos respectivos. El detalle de los premios se amplía en el apartado PREMIO.
- Entrada: El boleto físico o digital que se utiliza para el ingreso al Estadio Ricardo Saprissa Ayma.
C. VIGENCIA DE LA PROMOCIÓN:
La promoción es por tiempo limitado. Rige únicamente el día 1 de diciembre de 2024 durante el partido Deportivo Saprissa vs Santa Ana FC.
El sorteo se realizará el día 12 de diciembre de 2024 en las instalaciones del Estadio Ricardo Saprissa Ayma y el premio será inscrito a nombre del ganador, el costo de inscripción será asumido por SINOMOTORS COSTA RICA SOCIEDAD ANONIMA
D. FORMA DE PARTICIPACIÓN:
- Podrán participar en el presente sorteo todas las personas físicas nacionales o extranjeras mayores de edad que habiten en la República de Costa Rica al momento de la promoción, que cuenten con un documento de identificación válido y al día, reconocido por el Gobierno de la República de Costa Rica que ingresen al Estadio Ricardo Saprissa Ayma el 1 de diciembre de 2024 al partido Deportivo Saprissa vs Santa Ana FC desde la 1:00 p.m. hasta las 6:00 p.m., con un boleto de entrada físico o digital válido o con su carné de usuario de localidades.
- Toda persona que desee participar en el sorteo deberá tener conocimiento y aceptar los términos y condiciones de este Reglamento, así como las condiciones, limitaciones y responsabilidades que aquí se indican. Si una persona no se adhiere o no demuestra su voluntad de aceptar estas condiciones, SAPRISSA no asumirá ningún tipo de responsabilidad y la transacción no se llevará a cabo. El presente reglamento será publicado las redes sociales del Deportivo Saprissa cuyo enlace aparece en toda la publicidad de la promoción.
- Durante el periodo en que la promoción se encuentre vigente, la mecánica de participación será la siguiente:
Todos los aficionados que deseen participar deberán:
- Aportar los datos personales (nombre completo, número de documento de identidad, correo electrónico, número de teléfono, número de IDE y número de orden que se encuentra en su boleto de ingreso físico o digital) solicitados en el formulario digital que podrá descargar desde el código QR que estará disponible en afiches ubicados en las explanadas y en la pantalla gigante ubicada en el sector de la gradería norte del estadio Ricardo Saprissa Aymá el día 1 de diciembre de 2024 durante el partido Deportivo Saprissa vs Santa Ana FC.
E. PREMIO:
Se otorgará como premio un (1) vehículo marca: VGV, modelo: U70 pro, automático, 7 pasajeros, 2024, color gris.
Una vez escogido el ganador o ganadora el premio se le entregará en la sucursal de SINOMOTORS COSTA RICA SOCIEDAD ANONIMA, tan pronto sea posible al cumplimiento de los requisitos y tramites de ley.
Para el premio se escogerán dos (2) suplentes que serán convocados en el mismo orden en que fueron elegidos, únicamente si el favorecido no es localizado, no cumple el reglamento, sus datos son incongruentes con los que se aportaron para participar o no acepta el premio. El favorecido o los suplentes tendrán las mismas obligaciones indicadas en este reglamento si son convocados.
El favorecido será contactado vía telefónica y correo electrónico según los datos aportados en el formulario del sorteo y si no fuese localizado en el plazo de tres (3) días hábiles o no cumple con los requisitos reglamentarios para recibir el premio, se dejará constancia de dicha circunstancia. En estos casos, se procederá a convocar al primer suplente, quien asumirá las mismas obligaciones y responsabilidades que el favorecido. Este suplente se localizará en el plazo de tres (3) días hábiles a los datos indicados en el formulario del sorteo, en caso de no ser localizado en dicho plazo, se localizará al segundo suplente. Los suplentes no serán dados a conocer y serán convocados única y exclusivamente en el supuesto que el favorecido no acepte el premio, no concurriere a hacer el retiro específico del premio, no pudiere ser contactado por el funcionario encargado de la logística de entrega de premios de SAPRISSA o no cumpla con las condiciones legales que se establecen en el presente Reglamento; se dejará también constancia de dicha circunstancia y se procederá a convocar a otro suplente, y así sucesivamente. Una vez que SAPRISSA haya verificado que el favorecido cumple con todos los requisitos del presente Reglamento, el favorecido deberá firmar un documento en el cual declara expresamente que conoce y acepta todas las condiciones y limitaciones establecidas en el presente reglamento. La persona que resultare favorecida será contactada por SAPRISSA en un plazo de tres (3) días hábiles siguientes al sorteo, en donde se les indicará el lugar, la hora y la fecha en que se llevará a cabo la corroboración de datos de sus documentos de identificación y la firma de la documentación pertinente. Si hubiese duda sobre su identidad no será favorecido con el premio, de igual forma, el documento de identidad que presente deberá estar en prefecto estado sin deterioro alguno a fin de resultar favorecido.
Los participantes quedan entendidos que SAPRISSA no tendrá obligación alguna de realizar ningún tipo de investigación exhaustiva o adicional para lograr la localización de algún participante que hubiere resultado favorecido y que no pudiese ser contactado, ya que es deber de todo participante aportar la información correcta en el formulario del sorteo. En caso de que en un plazo de tres (3) días hábiles de terminado el sorteo no se haya podido localizar al favorecido, caducará su premio y se le entregará al suplente correspondiente. En caso de que no pueda localizarse tampoco al suplente durante ese mismo plazo se localizará al segundo suplente y si no son localizados en el mismo plazo, SAPRISSA no tendrá obligación de entregar el premio y podrá disponer de él de conformidad con sus intereses. Si no pudiere ser contactado el favorecido, así como tampoco pudieren ser contactados alguno de los suplentes, el o los premios no pudiesen ser entregados o acreditados, SAPRISSA podrá disponer del premio según su criterio. El resultado de la promoción, una vez determinado el ganador, se dará a conocer por medio de las redes sociales de SAPRISSA.
SINOMOTORS COSTA RICA SOCIEDAD ANONIMA es proveedor externo, y no es responsable por la presente promoción, excepto por la entrega del vehículo y otorgar la garantía que se incluirá en la documentación que reciba el ganador el día de la entrega.
El vehículo tiene la garantía que de fábrica otorga SINOMOTORS COSTA RICA SOCIEDAD ANONIMA, misma que le será entregada al ganador. El ganador será responsable de solicitar en tiempo, cuando sea necesario, la aplicación de la garantía.
F. RECLAMO DE PREMIO
El plazo para reclamar el premio por parte del favorecido expira a los cinco (5) días hábiles, posteriores a partir de la publicación de los datos del ganador en las redes sociales de SAPRISSA, plazo en el que deberá cumplir con lo dispuesto en el presente reglamento para el reclamo efectivo del premio. Pasado ese plazo, caducará el derecho de reclamar o hacer efectivo un premio, y SAPRISSA no reconocerá premio alguno y, por lo tanto, no se verá en la obligación de satisfacerlo. Una vez reclamado el premio, SAPRISSA definirá y comunicará al favorecido la fecha, lugar y hora en que su premio le será oficialmente acreditado tan pronto se cumplan los requisitos legales. Si el premio no fuese reclamado, fuera rechazado o no pudiese ser tomado por un favorecido o por los mismos suplentes por las razones que sean, SAPRISSA dispondrá del mismo según su criterio.
El modelo del premio ha sido escogido por SAPRISSA, en color gris, con las características arriba dichas. No se aceptarán cambios ni reclamos de ninguna naturaleza con respecto al premio.
El favorecido no podrá exigir la entrega del dinero alguno a modo de cambio o canje por el vehículo, de ahí que el vehículo será inscrito a nombre del ganador.
El vehículo deberá ser reclamado únicamente por la persona favorecida. Si el favorecido acepta el premio y sus condiciones, entonces será declarado ganador.
El vehículo será puesto, únicamente, a nombre del ganador, quién lo deberá retirar en la fecha que se indique en las oficinas de SINOMOTORS COSTA RICA SOCIEDAD ANONIMA, previa coordinación.
El vehículo deberá ser retirado en forma inmediata a la hora de la firma da escritura, bajo ningún motivo el vehículo deberá permanecer en SINOMOTORS COSTA RICA SOCIEDAD ANONIMA.
G. RESPONSABILIDAD Y RESTRICCIONES
- En la publicidad de esta promoción se ha consignado la frase “APLICAN RESTRICCIONES”, en señal de que la participación de los interesados, así como la propia promoción están sujetos a condiciones y limitaciones. Estas condiciones y restricciones son las que se indican en este Reglamento.
- La presente promoción se rige por este Reglamento, y en forma supletoria y complementaria se tiene por incorporada la legislación nacional, la jurisprudencia judicial y administrativa, así como las resoluciones de la Comisión Nacional del Consumidor, en cuanto sean aplicables.
- Se excluyen del sorteo que rige este reglamento, todas las personas encargadas y/o funcionarios que participen en la coordinación de la promoción; personas que participen en la logística de la entrega del premio; personeros de SAPRISSA; aficionados que ingresen con entradas que pertenezcan a colaboradores, directivos y personas relacionadas directamente con SAPRISSA; aficionados con entradas de cortesía y aficionados e invitados especiales con derecho a ingreso al Estadio Ricardo Saprissa Ayma por medio de brazalete.
- En el caso de los usuarios de localidades, únicamente podrán participar aquellos que estén al día en sus responsabilidades económicas con SAPRISSA al momento de la vigencia de la promoción y la fecha del sorteo.
- SAPRISSA se reserva el derecho de determinar los casos en que se incumpla con los artículos anteriores.
- SAPRISSA se reserva el derecho de admisión a personas que atenten contra la integridad de otros o que visiblemente se encuentren en estado etílico u otras drogas.
- Las pruebas que sustentan actos como los descritos en los puntos anteriores, serán las que, de acuerdo con los principios y leyes judiciales, sean las más comunes y/o permitidas por los Tribunales de justicia
- Cualquier asunto que se presenta con la promoción y que no esté previsto en el presente Reglamento, será resuelto por SAPRISSA, en estricto apego a las Leyes de la República.
- El hecho de que la persona participante que no se adhiera o no demuestre su voluntad de aceptar estas condiciones, releva a SAPRISSA de toda responsabilidad, exonerándose de la obligación de permitir la participación y de entregar el premio.
- El favorecido releva de toda responsabilidad a SAPRISSA de cualquier daño que, sobre las personas o las cosas, se pudiesen ocasionar por su actividad en el Estadio. La responsabilidad de SAPRISSA se limita a la acreditación o entrega del premio ofrecido en los términos del presente reglamento al aficionado y, por consiguiente, no será responsable por accidentes, muerte, enfermedades, gastos médicos o dinerarios en que pueda incurrir el favorecido al retirar, disfrutar o hacer efectivo su premio.
- SAPRISSA podrá tomar todo tipo de acciones a fin de evitar que personas se valgan y aprovechen de promoción en forma ilegal.
- SAPRISSA se reserva el derecho de modificar este Reglamento en cualquier momento, para introducir todas aquellas modificaciones necesarias para la buena marcha de la promoción, así como los intereses de los participantes.
- Las anteriores circunstancias se comunicarán en la misma forma que fue publicado el presente Reglamento, fecha a partir de la cual la promoción cesará o la reforma al Reglamento quedará vigente,
- En caso de participantes en perjuicio de la promoción, SAPRISSA se reserva el derecho de establecer todo tipo de acciones civiles y penales que se deriven de actuaciones,
- En caso de fraude por parte de los participantes o terceros, SAPRISSA se reserva el derecho de establecer todo tipo de acción independientemente de las civiles y penales que se deriven.
- SAPRISSA podrá introducir todas las medidas de seguridad que considere convenientes para el buen desarrollo de la promoción, y suspenderá en forma inmediata esta promoción sin asumir responsabilidad alguna, si se llegasen a detectar defraudaciones o cualquier otra irregularidad que sucede con las acciones que pretenden participar, o si se presentara una circunstancia de fuerza mayor que afecte gravemente los intereses de SAPRISSA, esta circunstancia se comunicará públicamente, fecha a partir de la cual la promoción cesará.
- El ganador bajo su consentimiento acepta ser fotografiado, retratado, filmado o grabado posteriormente a la entrega del premio, para efectos publicitarios, y deberá de estar anuente a ello, dándole la facultad de utilizar su nombre e imagen en cualquier medio publicitario, renunciando a cualquier tipo de remuneración por ese concepto. Lo anterior se comunica al favorecido.
- Para todos los efectos legales, queda autorizado SAPRISSA para poder reprogramar, cambiar las características o especificaciones de la mecánica, del premio ofrecido en esta promoción o de los plazos, así como adicionar, modificar y mejorar tanto la mecánica como las demás condiciones y restricciones establecidas en el presente reglamento, a fin de mejorar la participación de los aficionados, de acuerdo con la evolución y resultado de la presente promoción. En caso de ser necesario, se procedería a realizar una nueva publicación de este, en donde consten dichas modificaciones, aclaraciones, adiciones, etc.
- Para efectos del premio descrito en el punto D de la presente promoción, la garantía será ejercida por la empresa SINOMOTORS COSTA RICA SOCIEDAD ANONIMA
- Para más información o consultas se puede comunicar al correo electrónico: servicioalcliente@saprissa.com en horas y días hábiles.